COMETER MÁS DE UNA CONTRAVENCIÓN DE TRÁNSITO EN UN PERIODO DE SEIS MESES...

Cometer dos o mas faltas de tránsito en un periodo de seis meses puede generar la suspensión de la licencia de conducción, ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 del Código Nacional de Tránsito el cual señala que:

Artículo 124. Reincidencia. En caso de reincidencia se suspenderá la licencia de conducción por un término de seis meses, en caso de una nueva reincidencia se doblará la sanción.

 Parágrafo. Se considera reincidencia el haber cometido más de una falta a las normas de tránsito en un periodo de seis meses.

Si es usted de los que corre a pagar una fotomulta para aprovechar el descuento, tenga en cuenta que cuando paga, está aceptando la comisión de la contravención y a la vez está cerrando la posibilidad de defenderse ante una suspensión de la licencia de conducción en caso de que esa fotomulta que pagó se haya acumulado con otra en un periodo de seis meses.

Si fue víctima de una fotomulta ilegitima y/o injusta, lo correcto es que ejerza el derecho de defensa y contradicción, que eleve las denuncias disciplinarias y penales que sean procedentes, porque lo cierto es que el valor o descuento de la multa termina siendo irrelevante frente a una suspensión de la licencia de conducción.

Es importante respetar las normas de tránsito, hacer uso de herramientas tecnológicas que faciliten evitar las contravenciones mas comunes, como el pico y placa y conducir excediendo los límites de velocidad. Las aplicaciones de calendario, Waze, Google Maps, entre otras, resultan útiles para evitar este tipo de contravenciones, salir con tiempo, planear los desplazamientos desde el día anterior, teniendo en cuenta límites de velocidad, tráfico y pico y placa puede evitar este tipo de situaciones.

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